cómo trasladar un caso a un tribunal Federal

mientras que una demandante es la maestra de su queja (y decide el foro en el que presentará una demanda), la Demandada no está sin voz en el asunto. El procedimiento para la remoción permite que un acusado remueva ciertos casos presentados en la corte estatal a la Corte federal. En algunas circunstancias, la posición de litigio de su cliente puede mejorar significativamente por la oportunidad de litigar en un tribunal federal., Por ejemplo, el traslado de un caso de un tribunal estatal a un tribunal federal puede aliviar las preocupaciones sobre posibles prejuicios o prejuicios contra un acusado de otro estado. Puede permitir que un acusado se aproveche de las normas procesales federales, incluidas, por ejemplo, las normas que rigen el testimonio de expertos. O puede proporcionar a un demandado una vía para consolidar el litigio masivo a través de los procedimientos de litigio multidistrito., Cualquiera que sea la razón que su cliente pueda tener para querer litigar en un tribunal federal, es fundamental que pueda analizar de manera eficiente las posibles bases para la eliminación en una queja y que también esté bien versado en los requisitos para hacerlo. Los tribunales de Distrito analizarán estrictamente las expulsiones. Un incumplimiento de los requisitos sustantivos y procesales es probable que resulte en la devolución del caso de su cliente.

fecha límite para la eliminación

Una de las primeras cosas que debe hacer después de recibir una queja es determinar la fecha límite para la eliminación., En el momento en que se le contrata para representar a un cliente, puede haber poco tiempo para eliminar el caso, lo que subraya la importancia de su capacidad para discernir rápidamente las posibles vías para la eliminación. Una notificación de remoción debe ser presentada dentro de los 30 días después de que el demandado haya recibido el alegato inicial «a través de la entrega formal o de otra manera» o dentro de los 30 días después de la entrega formal de la citación al demandado, si no se requiere que el alegato inicial sea entregado al demandado, el período que sea más corto. 28 U. S. C. § 1446(b)(1).,

sin embargo, solo porque un caso no es inicialmente removible no significa que nunca lo sea. Por lo tanto, es importante mantenerse alerta a la evolución de los litigios que pueden hacer que un caso sea removible. Si un caso no es removible inicialmente, se puede presentar un aviso de remoción dentro de los 30 días posteriores a la recepción por parte del demandado, a través de la entrega legal o de otra manera, de una copia de un alegato enmendado, moción, orden u otro documento del que primero se pueda determinar que el caso es o se ha vuelto removible. 28 U. S. C. § 1446 (b) (3)., Si bien los significados de «alegato», «moción» y «orden» parecen claros, la definición de «otro documento» ha sido objeto de litigio, y los tribunales no siempre son coherentes al interpretar el significado de ese término. Sin embargo, esta segunda oportunidad de eliminación no siempre existirá en los casos de diversidad., Un caso que es removible únicamente sobre la base de la jurisdicción de diversidad puede ser removido sobre la base de un alegato enmendado, moción, orden u otro documento solo dentro de un año del inicio de la demanda, a menos que el Tribunal de Distrito determine que el Demandante ha actuado de mala fe para evitar que el demandado retire una acción. 28 U. S. C. § 1446(c)(1).

la falta de presentar a tiempo un aviso de remoción resultará en la devolución a la corte estatal, por lo que se debe prestar atención cuidadosa a estos plazos jurisdiccionales estrictos.,

dónde eliminar

para determinar si la eliminación beneficiará a su cliente, debe saber a qué tribunal de distrito se eliminará el caso. Si un caso es removible, puede ser removido al Tribunal de distrito para el distrito y división en la cual la acción del tribunal estatal está pendiente. 28 U. S. C. § 1446 (a). Una vez que haya determinado el distrito al que se trasladará, debe revisar las reglas locales que rigen la remoción en su jurisdicción y familiarizarse con los jueces que presiden ese distrito.,

Bases Comunes para la Eliminación

a continuación, debe determinar si su caso es extraíble. Si bien hay muchas vías para la expulsión, Véase, por ejemplo, 28 U. S. C. §§ 1442, 1443, 1444 y 1446, las bases más comunes para la expulsión se basan en la jurisdicción del Tribunal federal prevista en 28 U. S. C. section 1331 ó 1332. Este artículo se centra en la jurisdicción prevista en los artículos 1331 y 1332.

al analizar la posibilidad de remoción, primero revise la queja para determinar si existe jurisdicción federal., En otras palabras, determinar si la acción surge bajo la Constitución, Leyes o tratados de los Estados Unidos. Véase 28 U. S. C. § 1331. La determinación de si una reclamación «surge en virtud» de la ley federal debe hacerse por referencia a la «queja bien aducida».»Merrell Dow Pharm. Inc. V.Thompson, 478 U. S. 804, 808 (1986). La gran mayoría de los casos llevados bajo la ley federal de pregunta competencia son aquellos casos en que la ley federal crea la causa de la acción. Véase id. Sin embargo, una defensa que plantea una cuestión federal no conferirá jurisdicción federal. Véase id.,

si no existe jurisdicción sobre cuestiones federales, a continuación debe determinar si el tribunal tiene jurisdicción sobre diversidad. La jurisdicción de diversidad existe cuando el demandante (s) por un lado y el demandado(s) por el otro lado son ciudadanos de diferentes estados, y cuando la cantidad en controversia excede de $75,000, excluyendo Intereses y costos. 28 U. S. C. § 1332. El artículo 1332 también trata de las circunstancias que afectan a ciudadanos de Estados extranjeros, así como las normas únicas que rigen la jurisdicción de diversidad en lo que respecta a las acciones colectivas., Este artículo se centra en la jurisdicción de diversidad que involucra a ciudadanos de diferentes estados.

el primer paso en este análisis es determinar si existe una diversidad completa entre el demandante(s) y el demandado(s). Esto puede ser tan simple como determinar la ciudadanía de cada una de las partes y encontrar que existe una diversidad completa. En otros casos, puede haber un acusado que destruye la diversidad. Antes de decidir que la eliminación no es posible, debe considerar si el demandado no opuesto se ha unido fraudulentamente., Un demandado se considera fraudulentamente Unido cuando el demandante no ha declarado o no puede presentar una demanda de reparación contra el demandado no inverso en virtud del derecho sustantivo aplicable o no tiene la intención de obtener una sentencia contra ese demandado en particular. Véase 14b Charles A. Wright et al., Federal Practice and Procedure § 3723 (4th ed. 2009). Como cuestión práctica, puede pensar en este análisis tanto como lo haría si estuviera presentando una moción para desestimar en nombre del acusado no opuesto., Un demandado removedor también puede establecer la acumulación fraudulenta al establecer que ha habido fraude absoluto en la defensa del demandante de los hechos jurisdiccionales. Véase id. Sin embargo, establecer la acumulación fraudulenta puede ser difícil, ya que «solo tiene que haber una posibilidad de que exista un derecho a reparación bajo la ley aplicable para evitar que un tribunal encuentre una acumulación fraudulenta.” Id. (sin cursiva en el original). Debe aconsejar a su cliente en consecuencia.,

después de determinar la ciudadanía de cada una de las partes, debe considerar si alguno de los demandados es ciudadano del estado en el que se presentó la acción. Una acción no es removible sobre la base de la jurisdicción de diversidad si cualquier demandado que ha sido debidamente Unido y notificado es un ciudadano del estado en el que el demandante presentó la acción. 28 U. S. C. § 1441(b)(2).

a continuación, debe considerar si el monto en controversia excede los 7 75,000, excluyendo Intereses y costos., Cuando el demandante busca más de 7 75,000 en la demanda, la demanda generalmente es determinante sobre este tema. Al igual que el análisis de la ciudadanía, sin embargo, la cantidad en controversia no siempre puede ser determinable a partir de la cara de la queja. Por ejemplo, una queja puede contener una demanda de daños y perjuicios no especificada. En ese caso, el acusado tendrá la carga de probar por una preponderancia de la evidencia que la cantidad en controversia excede $75,000. Usted puede apoyar tal afirmación ofreciendo evidencia de que el valor monetario de los daños reclamados—por ejemplo,,, el monto de las ganancias de un demandante en un reclamo por salarios perdidos o el monto de las facturas médicas de un demandante en un reclamo que afirma lesiones personales. También puede confiar en veredictos de jurado en casos de hecho similares que excedan los 7 75,000. Debido a que los daños punitivos se incluyen en el cálculo de la cantidad jurisdiccional, debe resaltar que se buscan daños punitivos cuando el Demandante ha hecho una demanda por dichos daños. En otros casos, el demandante puede estar buscando una reparación equitativa., En una acción que busque medidas declaratorias o cautelares, debe establecer que el valor del objeto del litigio excede los 7 75,000. Una ventaja práctica de hacer una cantidad en el argumento de controversia es que puede causar que el demandante renuncie a los daños en exceso de 7 75,000, si el demandante desea evitar la remoción a la Corte federal.

estas no son las únicas bases para la eliminación, y se debe tener cuidado de analizar otras bases potenciales para la eliminación.,

requisitos de Procedimiento para la remoción

Una vez que haya determinado que su caso es removible, es fundamental comprender los requisitos de procedimiento para la remoción. El incumplimiento de las mismas puede dar lugar a la prisión preventiva.

para efectuar una remoción, el acusado debe presentar una declaración breve y clara de los motivos de la remoción, que se firmará de conformidad con la regla Federal de Procedimiento Civil 11. 28 U. S. C. § 1446 (a).

el demandado también deberá presentar con el Aviso de remoción «una copia de todo el proceso, alegatos y órdenes servidas sobre» el demandado (s). 28 U. S. C. § 1446 (a)., En términos prácticos, adjuntar todo el archivo de la corte estatal al aviso de remoción satisfará este requisito. La oficina del Secretario de la corte estatal puede ser un recurso útil para garantizar que tenga todos los procesos, alegatos y órdenes necesarios, incluso en las jurisdicciones que mantienen un expediente en línea. Dependiendo de la complejidad del caso y cuando en el curso del litigio el caso se retira, puede ser mucho tiempo para recoger dichos documentos de la corte estatal. It is therefore important to start the removal process with ample time to complete these procedural tasks.,

para las acciones eliminadas únicamente bajo 28 U. S. C. sección 1441, todos los demandados que han sido debidamente Unidos y notificados deben unirse o dar su consentimiento para la remoción. 28 U. S. C. § 1446(b)(2). Puede ser difícil coordinar la obtención de dicho consentimiento entre sus codefensores, lo que proporciona otra razón para comenzar el proceso de eliminación temprano.

finalmente, el demandado debe proporcionar una notificación por escrito de la remoción a todas las partes adversas y debe presentar una copia de la notificación al secretario del tribunal estatal en el que se presentó la acción. 28 U. S. C. § 1446(d)., Es prudente adjuntar una copia del Aviso de presentación a su Aviso de remoción. Se debe hacer referencia a las reglas locales para determinar si se debe adjuntar una copia con sello de archivo al aviso de expulsión.

lo más importante, si bien este artículo intenta establecer algunas de las bases jurisdiccionales estándar para la remoción, así como algunos de los requisitos para la remoción, es imperativo revisar y comprender la ley procesal y sustantiva que rige el distrito al que retirará su caso, así como las reglas locales que rigen.

Republicado con permiso., Este artículo apareció por primera vez en The Woman Advocate de la ABA el 2 de marzo de 2017.

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